Andorra es uno de los países más pequeños y característicos del mundo, este mismo posee magnificas pistas de esquí con maravillosos paisajes y a su vez es un lugar perfecto de residencia, por lo que muchas personas tienen dudas con respecto al cómo obtener la nacionalidad andorrana.
Requisitos para Obtener la Nacionalidad Andorrana
Principalmente deben saber que la nacionalidad andorrana no es necesaria para conseguir la residencia en el país, no obstante si eres residente y deseas saber cuáles son los requisitos para conseguir la nacionalidad aquí los encontraras.
Los requisitos para obtener la nacionalidad andorrana son realmente rigurosos y diversos, primeramente la Ley de Extranjería o Inmigración del Principado de Andorra expide un pasaporte provisional a toda persona que solicite y cumpla con los requisitos iniciales y a partir de ese momento dicha persona que solicita la nacionalidad dispone de 5 años para superar un examen de historia, geografía de Andorra y lengua catalana. Una vez entendido esto las personas que pueden solicitar la nacionalidad son las siguientes:
Para la Nacionalidad andorrana de origen para menores de edad:
- Menores que hayan nacido en Andorra de padre o madre andorranos.
- Menores que hayan nacido en el extranjero, pero de padres o madre nacidos en Andorra.
- Menores de 14 años que hayan sido adoptados por un andorrano de nacimiento o por una persona extranjera con 10 años de residencia en Andorra.
- Menores nacidos en Andorra de padres extranjeros y al menos uno de los padres residente en Andorra durante al menos 10 años.
- Menores nacidos en el extranjero de manera accidental y que cumpla con los requisitos anteriormente mencionados. Esta solicitud de nacionalidad andorrana deberá presentarse durante el primer año de vida del recién nacido.
Para personas mayores de edad:
- Toda persona que tras 3 años de residencia en el país contraiga matrimonio con un ciudadano de Andorra.
- Toda aquella persona extranjera que haya residido en Andorra 15 años y tenga un abuelo andorrano.
- Toda persona que pueda acreditar que ha estado viviendo ininterrumpidamente en el país durante 20 años.
- Toda aquella persona capaz de demostrar 10 años de residencia en Andorra, así como la superación de los estudios obligatorios en el país (de 6 a 16 años).